La resolución fue dictada días antes del nuevo criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Un juez federal otorgó un amparo a Tomás Yarrington Ruvalcaba, sentencia que ordena a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) descongelar las cuentas bancarias del ex gobernador de Tamaulipas.
Ulises Oswaldo Rivera González, juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, concedió la protección al ex mandatario estatal, porque el bloqueo de activos que se realizó en 2019 no derivó de una petición de un organismo internacional.
La sentencia fue emitida el 31 de marzo del presente año, en la que el juzgador citó la jurisprudencia de la extinta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la que se establece que para el congelamiento de cuentas en casos nacionales es necesaria una solicitud internacional.
“De la transcripción que antecede se desprende que el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera incluyó a (Tomás Yarrington) en la lista de personas bloqueadas para prevenir delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, debido a que detectó operaciones dentro del Sistema Financiero Nacional que no encuentran su etiología en actividades comerciales o de negocios lícitos.
“Así, se deduce que el mismo no se emitió en cumplimiento de compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano, por lo que el bloqueo de cuentas decretado se realizó para aspectos estrictamente nacionales, lo que trastoca el principio de seguridad jurídica, debido a que tal y como lo sostuvo la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 46 /2018 (10a.), la citada atribución no se puede emplear cuando el motivo que genere el bloqueo tenga un origen estrictamente nacional”, menciona la sentencia.
Ordenan desbloqueo de cuentas aseguradas en 2019
Por esta razón, ordenó el desbloqueo únicamente de las cuentas aseguradas en 2019.
Ayer, la Corte modificó el criterio que prevaleció por casi ocho años y validó el congelamiento de cuentas bancarias en casos nacionales, sin necesidad de una petición de un organismo internacional, ni la intervención del Ministerio Público y sin orden judicial, siempre y cuando existan “indicios suficientes” de actividades de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
El Pleno avaló el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahfl quien propuso declarar constitucional la reforma que permite a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) incluir a individuos en la Lista de Personas Bloqueadas, lo que después da pie a que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda congelar cuentas en asuntos nacionales.
Sin embargo, como la resolución del juzgador se dictó días antes del cambio de criterio, el fallo debe ser acatado.
Fuente: MILENIO.